Instalación de Cargadores de Coche Eléctrico en Comunidades de Madrid: Guía 2026
Si acaba de comprar un vehículo, el siguiente paso es instalar cargador coche eléctrico comunidad en Madrid. En España, gracias a la LPH, este trámite es sencillo y no requiere aprobación en junta. Aquí le explicamos cómo gestionar la instalación de forma profesional.
Marco legal: la Ley de Propiedad Horizontal y el cargador en garaje comunitario
- Artículo 17.5 LPH: el propietario tiene derecho a instalar un punto de recarga vinculado a su plaza. Solo necesita comunicarlo previamente a la comunidad.
- Sin votación: la junta no puede prohibir la instalación, aunque sí proponer ubicar la canalización por una zona concreta.
- Coste: lo asume íntegramente el propietario que se beneficia del cargador.
- Plan de Movilidad: consulta los detalles del programa MOVES III y la guía oficial del IDAE.
Normativa para instalar cargador coche eléctrico comunidad
Para instalar un cargador de coche eléctrico en la comunidad de forma eficiente, debe considerar la infraestructura:
Instalación individual: Conexión directa a su contador.
Preinstalación comunitaria: Ideal para edificios modernos.
Ayudas 2026: Aproveche la deducción del 15% en IRPF y el Plan MOVES III.
Pasos y ayudas para instalar el cargador de coche eléctrico en su garaje
Según el artículo 17.5 de la LPH, cualquier propietario puede instalar un cargador de coche eléctrico en la comunidad comunicándolo por escrito. No necesita votación, solo cumplir con la normativa técnica y el boletín eléctrico oficial (CIE) es la mejor opción para instalar cargador coche eléctrico comunidad con ahorro.
Documentación necesaria para tramitar la instalación
- Comunicación previa dirigida al presidente o administrador (correo o burofax con acuse).
- Memoria técnica del instalador autorizado: trazado, sección de cable, protecciones.
- Boletín eléctrico (CIE) tras la instalación: lo emitimos siguiendo los requisitos del boletín eléctrico en Madrid.
- Comunicación a Industria de la Comunidad de Madrid (la realizamos nosotros).
Tipos de instalación: individual vs. preinstalación comunitaria
- Instalación individual desde tu contador: la opción más habitual cuando solo un propietario quiere cargador. La canalización va desde tu contador hasta tu plaza.
- Preinstalación comunitaria: la comunidad costea la canalización principal y cada propietario «engancha» su punto cuando lo necesita. Es la opción que recomendamos en edificios donde se prevén varias instalaciones a corto plazo.
- Contador independiente para el cargador: útil si vas a ofrecer el punto en alquiler o si el propietario no quiere mezclar consumos. Nuestros servicios de electricidad cubren las tres modalidades.
Ayudas y deducción del 15% en IRPF (vigente en 2026)
- Deducción del 15% en IRPF: vigente en 2026 para instalaciones realizadas hasta el 31 de diciembre. Base máxima 4.000 € por contribuyente.
- MOVES III: ayuda directa a la instalación (consulta el programa MOVES III del IDAE).
- Compatibilidad: en muchos casos puedes acumular IRPF + MOVES III. Te lo verificamos antes de empezar.
Tiempos de instalación y garantía Servielectric
- Visita técnica: 24-48 h tras tu llamada. Conoce nuestra cobertura completa en Madrid.
- Instalación: 1 día para puntos individuales, 2-3 días para preinstalaciones comunitarias.
- Garantía: 2 años en mano de obra y la garantía del fabricante en el cargador (Wallbox, Schneider, V2C…).
- Mantenimiento opcional con revisión anual.
- Nuestro equipo se encarga de instalar cargador coche eléctrico comunidad cumpliendo el REBT.
Preguntas Frecuentes sobre Cargadores en Comunidades de Madrid
No. La Ley de Propiedad Horizontal (artículo 17.5) solo exige una comunicación previa al presidente o administrador. La comunidad no puede vetar la instalación, aunque puede proponer la canalización más adecuada.
Depende de la distancia desde tu contador hasta la plaza, la potencia del cargador (3,7 - 22 kW) y el modelo elegido. Llama al 910 911 505 para presupuesto cerrado tras visita técnica gratuita.
Sí. La deducción del 15% sobre la inversión en sistemas de recarga de vehículos eléctricos sigue vigente en 2026, con una base máxima de 4.000 € por contribuyente y año. La instalación debe realizarse por instalador autorizado y comunicarse a Industria.
Lo más habitual es enviar al administrador un correo o burofax con la memoria técnica adjunta. La comunidad dispone de un plazo razonable para sugerir ubicación; pasado ese tiempo, puedes proceder. Si necesitas ayuda, redactamos la comunicación contigo.
No siempre. Con un cargador de 3,7 kW y una potencia contratada de 5,75 kW puede ser suficiente si gestionas las cargas. Para 7,4 kW o superior, valora ampliar potencia (consulta también nuestra guía interna sobre subida de potencia en Madrid).
Sí, con autorización por escrito del propietario de la plaza. La comunicación a la comunidad y el resto del proceso son idénticos.
Sí. Servielectric 24 cuenta con carnet de instalador autorizado, somos miembros de APIEM y emitimos el boletín eléctrico (CIE) al finalizar.